miércoles, enero 18, 2006

El derecho a no saber

Establecido de modo genérico la constitución de un derecho al no saber es indiscutiblemente retrógrado e inconsistente con todos los principios vitales. Obviamente la cosa no va por ahí.
La cuestión se plantea toda vez que avanzamos y progresamos en las sociedades del “bienestar”. Se puede plantear este derecho, por ejemplo, si no existe herramienta remota para solucionar un problema. Al no existir solución remota queda en duda lo que pueda aportar la información sobre el problema para el conjunto. Siendo mucho más concreto y yendo a un lugar donde se plantea actualmente me voy a ir al caso de la medicina.
A diario se le plantea a un médico los siguientes interrogantes:
¿Para qué informar directamente a un paciente que sufre un cáncer irreversible con una esperanza de vida de días?,¿no es mejor decirle que es simplemente una enfermedad?, ¿qué sentido tiene dar detalles sobre un problema irresoluble?, ¿qué le aporta al paciente esta información?...¿angustia?,¿le conviene al paciente por su enfermedad esta situación de angustia derivada?

Hay que decir que este derecho no existe, que el derecho podría presentar inconsistencias pero que ya se ha aplicado más de una vez. No lo sé…

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